|
|
|
|
|
|
Es una institución de segundo grado, sin fines de lucro, que
nuclea a asociaciones, colegios de profesionales en turismo
y centros de guías de turismo de todo el país, con el fin
de representar a las mencionadas Entidades ante organismos
nacionales e internacionales, oficiales o privados. Así mismo
el objeto principal de ésta es, el de fomentar, desarrollar,
jerarquizar y difundir el trabajo y la defensa de la
profesión de los guías de turismo, dentro del territorio
nacional.
|
|
|
ACTA CONSTITUTIVA DE LA FAGUIT |
|
|
|
XIX CONGRESO FEDERAL DE GUIAS
DE TURISMO DE LA REPUBLICA ARGENTINA
FEDERACION
NACIONAL DE GUIAS DE TURISMO DE LA REPUBLICA ARGENTINA
ACTA CONSTITUTIVA
En la Comarca Turística de Sierra de
la Ventana, Provincia de Buenos Aires, a los cuatro días
del mes de octubre de dos mil dos, siendo las veinte horas,
se reúnen en Asamblea Constitutiva, los representantes de
las Asociaciones, Colegios de Profesionales en Turismo y
Centros de Guías de Turismo abajo firmantes, que nuclean
a los Guías de Turismo de diversas regiones del país, quienes
resuelven constituir una entidad de segundo grado, sin fines
de lucro, a efectos de representar a las mencionadas entidades
de primer grado ante organismos nacionales e internacionales,
oficiales o privados, cuya denominación será FEDERACION
ARGENTINA DE GUIAS DE TURISMO, con el objeto de fomentar,
desarrollar, jerarquizar y difundir el trabajo y la defensa
de la profesión de los guías de turismo, dentro del territorio
nacional. Luego de un intercambio de opiniones, los presentes
deciden por unanimidad encaminar todas sus actividades hacia
a) estudiar todas las cuestiones de interés general relacionadas
con la actividad turística; b) analizar, proponer y colaborar
en las soluciones de los problemas que afecten dicha actividad
en el medio; c) fomentar el desarrollo turístico, para lo
que podrá, entre otras cosas, organizar cursos de perfeccionamiento,
conferencias, producir espectáculos artísticos, culturales,
concesionar y realizar proyectos, efectivizarlos directamente
o proponerlos a los organismos según el caso lo requiera;
d) procurar la más estrecha colaboración con la hotelería,
empresas ferroviarias, marítimas, aéreas, de servicio automotor,
operadores turísticos y con todas aquellas actividades que
tengan relación con el turismo; e) centralizar y difundir
propaganda y comunicados de interés general relacionados
con la actividad turística; f) colaborar con las autoridades
oficiales en el control del mantenimiento del buen trato
y corrección para con los turistas por parte de las asociaciones
de guías, colegios de profesionales en turismo, agencias
de viajes y turismo, hotelería, restaurantes, campings,
etc.; g) designar representantes ante las dependencias oficiales
para proponer la sanción de leyes, reglamentos o disposiciones
que se vinculen con los intereses de los guías de turismo
a nivel internacional, nacional, provincial o municipal;
h) mantener estrecha vinculación con la Secretaría de Turismo
y Deporte de la Nación o la entidad que la reemplace, Secretarías
o Direcciones Provinciales de Turismo, Administración de
Parques Nacionales, Municipalidades y cualquier otro organismo
nacional, provincial, comarcal o municipal en todo lo relativo
a la actividad del guía de turismo profesional; i) mantener
relaciones y hacer intercambio de información técnica y
cultural con instituciones similares del extranjero, asimismo
con entidades relacionadas directa o indirectamente con
el quehacer turístico, propendiendo a la mutua colaboración
con aquellas cuyos fines sean la promoción y difusión de
actividades turísticas, tendiendo a un desarrollo sostenible,
en un marco de conservación y preservación de los recursos
naturales, culturales, antropológicos, paleontológicos,
etc., de la Nación Argentina; j) propiciar acuerdos, convenios
y otros, bilaterales, gratuitos u onerosos con personas
físicas o jurídicas; k) presentar proyectos ante organismos
internacionales, nacionales, provinciales, regionales y
municipales. A continuación se decide formar la Comisión
Organizadora hasta tanto se constituya la comisión definitiva
designando para el cargo de Presidente al Sr. Mario Eugenio
Menéndez, DNI Nº 13.442.740 por la Asociación de Guías de
Turismo de la Comarca Andina del Paralelo 42; Secretario
al Francisco Mario Braun, DNI Nº 4.373.786 por la Asociación
de Guías de Turismo de Buenos Aires; Tesorero a la Sra.
Ana María Stingl, DNI Nº 12.669.615 por la Asociación de
Guías de Turismo del Corredor Central; Vocal Titular al
Sr. Andrés Fabián Gader, DNI Nº 23.029.526 por la Asociación
de Guías de Turismo de El Calafate; Vocal suplente al Sr.
Miguel Ubaldo Hidalgo, DNI Nº 12.169.866 por la Asociación
de Guías de Turismo de San Juan; Revisor de Cuentas al Sr.
Juan Manuel Correa, DNI Nº 14.801.985 por la Asociación
de Guías de Turismo de Iguazú. El presente mandato será
efectivo hasta la conformación y aceptación de los estatutos
por parte de los miembros de la Federación quienes elegirán
según el mismo a las autoridades definitivas. No siendo
para más se cierra la sesión firmando al pie los presentes
declarando su número de documento y la entidad a la que
representan.
- Asociación de Guías de Turismo de la Provincia de Santa Cruz
- Asociación de Guías de Turismo de Buenos Aires
- Asociación de Guías de Turismo de la Comarca Andina del Paralelo 42
- Asociación de Guías de Turismo de Viedma
- Asociación de Guías de Turismo de Carlos Paz
- Asociación de Guías de Turismo de la Patagonia Central
- Centro de Guías de Turismo de la Comarca de Sierra de la Ventana
- Asociación Sanjuanina de Profesionales en Turismo
- Asociación de Guías Profesionales de Turismo del Noreste Del Chubut
- Asociación de Guías Profesionales de Turismo de Iguazú
- Asociación de Guías de Bariloche
|
|
| |
|